Tras haber sido negada de ingresar a la sede de la Procuraduría General del Estado (PGE), el Poder Judicial ratificó la reposición de María Aurora Caruajulca en su cargo.

El Poder Judicial de Perú emite fallo mandatario, en el que ordena a la Presidencia de la República y al Ministerio de Justicia que reinstalen a María Aurora Caruajulca Quispe en su cargo como procuradora general del Estado. Esta decisión llega tras una deliberación cautelar que destacó la necesidad de su retorno inmediato al puesto, por lo que se subraya la urgencia de resolver lo que el tribunal consideró una "evidente dilación" en el cumplimiento de sus funciones legales.

La orden judicial, dirigida directamente a la administración de la presidenta Dina Boluarte, especifica que Caruajulca debe ser repuesta en su cargo efectivamente "en el día y bajo responsabilidad" y se enfatiza la seriedad con la que el tribunal ve la demora en restituir a la funcionaria. Adicionalmente, en el documento se lee la posibilidad de remitir copias certificadas al Ministerio Público para asegurar que no haya más retrasos en la ejecución de esta orden.

El Poder Judicial tomó esta decisión, tras rechazar los recursos presentados por la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia. Estos recursos intentaban prevenir su retorno y argumentaban que el puesto estaba legalmente ocupado por otro funcionario, Javier Pacheco.

Asimismo, el tribunal ha señalado específicamente que la colocación de otra persona en su posición no anula su derecho a ser restituida y sostiene que las acciones posteriores a una infracción no pueden generar derechos para el infractor.

Por otro lado, el Poder Judicial advirtió que cualquier demora en este proceso podría resultar en acciones legales contra los funcionarios responsables. Como se recuerda, la abogada, a pesar de estar acompañada por personal policial, fue impedida de ingresar a su oficina en la Procuraduría, el pasado martes 21 de mayo, por Jackeline Rojas Grandez y Óscar Ubaldo, altos funcionarios del organismo.