Omisión de delitos como corrupción y el lavado de activos en los proyectos de ley presentados, podría evidenciar una agenda oculta del Congreso

Con miras a las elecciones generales a realizarse en el 2026, el Congreso de la República ya contaría con once propuestas legislativas con las que buscarían modificar distintos artículos de la Ley N° 26859, conocida como "Ley Orgánica de Elecciones".

De las más de diez propuestas parlamentarias, dos de ellas regresaron a la Comisión de Constitución y Reglamento luego de haber sido debatidas en el Pleno. Mientras que las nueve restantes aún se encontrarían pendientes de pasar al Pleno del Congreso. Uno de los proyectos de ley que fue puesto en debate pertenece a la congresista de Avanza País, Yessica Amuruz, y el otro es del parlamentario No agrupado, Carlos Anderson.

Con respecto a los Proyectos de Ley que aún se encuentran en Comisión, se incluyen las propuestas de Ley de José Cueto, Jorge Zeballos, Jorge Montoya y Alejandro Muñante, todos pertenecientes a la bancada de Renovación Popular. Además, dos de ellas serían iniciativas del congresista Juan Carlos Lizarzaburu, de la bancada Fuerza Popular. También se encuentran las propuestas legislativas de Alejandro Soto y Eduardo Salhuana de Alianza Para el Progreso. Por último, se menciona el Proyecto de Ley de Nivardo Tello de Perú Libre.

Como se sabe, la Ley Orgánica de Elecciones tiene como objetivo principal regular y garantizar la organización, ejecución y fiscalización de los procesos electorales en Perú. Esta ley establece las normas y procedimientos necesarios para asegurar que las elecciones reflejen de manera auténtica, libre y espontánea la voluntad de los ciudadanos. Algunos de los objetivos y disposiciones clave de la ley son el Sistema Electoral, Tipos de Elecciones, Derecho al Voto, Inhabilitaciones, Convocatoria de Elecciones, Inscripción de Candidatos, Fiscalización y Resolución de Conflictos, y Participación Ciudadana.

Proyectos de Ley con retorno a la Comisión de Constitución
Presentado por la congresista Amuruz el 17 de noviembre de 2022, inicialmente buscaba modificar el inciso I) del artículo 107 y el artículo 113 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el literal O del numeral 5 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, y el literal g) del párrafo 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales.

Es decir, tenían el objetivo de que las personas condenadas por los delitos de homicidio, asesinato, extorsión, secuestro, trata de personas, genocidio, desaparición forzada y tortura, no puedan ser candidatos en ningún nivel de gobierno (nacional, regional, municipal), independientemente de una rehabilitación.

Sin embargo, al ser rechazado por el Pleno del Congreso el pasado 13 de junio de 2024, se habría presentado un texto sustitutorio en el que se modificaba el artículo 34-A, 39-A y el artículo 139, Inciso 22. Pero este texto sustitutorio fue devuelto a la Comisión el mismo día.