Medida laboral. Se tendrán que fijar horarios rotativos para este turno, según dictamen. Empresas alegan que se fomentará la informalidad y disminuirá la contratación.
El Congreso aprobó –en primera votación– un dictamen que ajusta los términos del trabajo nocturno, elevando en 35% el sueldo que reciben los empleados.

A detalle, se fija un alza del 35% de la remuneración para aquel empleado que labore de 10:00 p.m. a 6:00 a.m. y se establece que por lo menos se garantice un periodo de 11 horas de descanso antes del siguiente turno.

Cabe resaltar que actualmente los trabajadores por sus actividades en la madrugada reciben un sueldo mínimo de S/1.383, compuesto por la Remuneración Mínima Vital (RMV) (S/1.025) y un 35% de este monto. Ahora, de prosperar esta iniciativa pendiente de segunda votación, un trabajador, por ejemplo, que perciba S/3.000 al mes, tendría derecho a un pago de S/4.050.

El laboralista Javier Mujica precisa que, sin grises de por medio, es vital elevar subir el sueldo para la mano de obra nocturna en un escenario de encarecimiento de la canasta básica, considerando la fuerte inflación.

“Considero apropiado sobre remunerar el trabajo de madrugada que demanda un sacrificio especialmente para aquellos que tienen familia (...) Esta sobretasa no tendría por qué significar desempleo o informalidad porque es un trabajo que genera utilidades para una empresa. No se quita la ganancia al empleador, solo se retribuye un poco mejor”.

Además, la iniciativa establece que las jornadas nocturnas tengan ahora un carácter rotativo, salvo restricción relativa a seguridad y salud en el trabajo. Y, respecto a la sobretasa del 35% propuesta, se da margen a los empleadores de fijar términos “más beneficiosos para el trabajador y su salud”.