La Jefa del Registro Nacional de Justicia, Vicky Távara, explicó que a través de una demanda de alimentos se podrá retener el 30% de desembolso del retiro de hasta 4 UIT de la AFP.
El Poder Judicial recordó que, a través de mandato judicial, se podrá retener el 30% del retiro de la Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de aquellos padres que tengan deuda alimentaria. Esto obedece a la necesidad de abordar los respectivos pagos en favor de los menores.
La jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), Vicky Távara Cavero, explicó que a través de una demanda de alimentos se podrá retener el 30 % del desembolso del retiro de la AFP, a favor de los hijos cuyos gastos no vienen siendo cubiertos por el progenitor.
En esa línea, la jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), Vicky Távara Cavero, explicó que a través de una demanda de alimentos se podrá retener el 30 % del desembolso de la AFP a favor de los menores cuyos gastos no son cubiertos por su progenitor.
Asimismo, la letrada agregó que el mandato judicial debe acatarse en su totalidad. “Si el juez lo dispone en su sentencia, así (el demandante) no retire el monto dispuesto por el Congreso, el 30% de esa suma va a ser retenido para cubrir la deuda alimentaria”, puntualizó Távara Cavero.
Es preciso señalar que esto se debe a la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, la cual permite al juez de familia contar con el acceso a la información económica de los demandados de forma real en sus centros de laboras, además de otros pagos, como gratificación, vacaciones y más.
“Esta modificatoria va a permitir que los procesos sean más rápidos. Como saben, son procesos de alimentos que permiten salvaguardar los derechos primordiales del menor. Por lo tanto, esta medida va a permitir al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo. Esa es la importancia”, enfatizó.