La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque confirmó la sentencia condenatoria emitida en primera instancia contra el notario Pedro Valdivia Dextre, como autor del delito contra la fe pública en la figura de falsedad ideológica.


Los magistrados Zapata Cruz, Sánchez Dejo y Zelada Flores ratificaron la condena de tres años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución, sujeta a dos años de período de prueba contra el notario, quien, además, deberá cumplir reglas de conducta y pagar 180 días multa.

Para el Poder Judicial, Valdivia Dextre es responsable de hacer cometido el delito de falsedad ideológica en perjuicio de los esposos Alan Cruzado Balcázar y Annie Távara Hurtado.

La sentencia de primera instancia se emitió en junio pasado

El caso se remonta al 2015, cuando Valdivia Dextre legalizó la supuesta operación de compra-venta de 1438 hectáreas del predio denominado San Claudio ubicado en Monsefú, sin que al trámite concurriera María Liliana Chavesta Gonzales, quien según el notario
era la vendedora y propietaria del predio. En ese caso hubo suplantación de la identidad.