Mediante un proyecto de ley, el Poder Ejecutivo propuso al Congreso, agravar las penas e inhabilitar a aquellas personas que cometan el delito de minerĂ­a ilegal.

La iniciativa modifica el delito de minerĂ­a ilegal previsto en el artĂ­culo 307-A y sus formas agravadas establecidas en el artĂ­culo 307-B, asĂ­ como la incorporaciĂ³n de la inhabilitaciĂ³n en el artĂ­culo 307-F del CĂ³digo Penal.

En tal sentido, incrementa la pena de las formas agravadas e introduce la inhabilitaciĂ³n para estos delitos, con la finalidad de contribuir a la mejora de la tutela penal de la integridad personal, el patrimonio, la correcta administraciĂ³n de justicia, la preservaciĂ³n y la estabilidad del medio ambiente.

AdemĂ¡s, precisa que si el agente (que comete el delito) es parte de una organizaciĂ³n criminal, se aplican las penas previstas en el artĂ­culo 317 del CĂ³digo Penal, sobre organizaciĂ³n criminal.